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Reglas de entrada y estancia corta en España

Comprueba si tu viaje a España cae en la libre circulación de la UE o las reglas de estancia corta Schengen.

Reglas de entrada y estancia corta

Para qué sirve
La entrada a España depende de tu pasaporte. Los ciudadanos de la UE, EEE y Suiza pueden entrar con pasaporte o documento nacional de identidad válido. Muchas nacionalidades no comunitarias pueden entrar sin visado hasta 90 días en cualquier periodo de 180 días dentro de todo el espacio Schengen, no solo España. Otras nacionalidades necesitan visado Schengen antes de viajar. Desde abril de 2026 está en vigor el Sistema de Entradas y Salidas (EES): a los viajeros no comunitarios se les registran las huellas y una foto en la frontera en la primera entrada en lugar de sellar el pasaporte, y el sistema controla automáticamente la regla de 90/180 — los ciudadanos de la UE/EEE/Suiza y los no comunitarios con permiso de residencia o visado de larga duración están exentos. ETIAS, una autorización previa al viaje aparte para viajeros no comunitarios exentos de visado, se espera más adelante y todavía no es obligatoria; conviene revisar el estado actual antes del viaje. El seguro de viaje no suele ser obligatorio para ciudadanos UE, pero es recomendable y puede ser obligatorio para solicitantes de visado Schengen.
Próximos 3 pasos
  1. Confirma si tu estancia es una visita corta ordinaria y no una mudanza o residencia.
  2. Revisa si eres ciudadano de la UE/EEE/Suiza o si tu pasaporte entra por reglas Schengen para no comunitarios.
  3. Si eres viajero no comunitario, cuenta con el registro biométrico (huellas y foto) en la frontera por el EES a la entrada.

Esta aplicación es una guía de planificación, no asesoría legal. Las normas de extranjería y administración españolas, listas de documentos, tasas y nombres de citas pueden cambiar. Verifica siempre tu trámite con fuentes oficiales antes de presentarlo.